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El Congreso aprueba el impuesto a banca, energéticas y grandes fortunas – corporate.es

POR REDACCIÓN

El Congreso aprueba el impuesto a banca, energéticas y grandes fortunas - corporate.es

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves por la noche la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes a empresas energéticas y banca, en la que PSOE y Unidas Podemos añadieron vía enmienda el impuesto a las grandes fortunas.

La iniciativa ha contado con el respaldo de 186 diputados del PSOE, Unidas Podemos, ERC, Bildu, Junts, Más País-Equo, Compromís, CC, la CUP y BNG, mientras que los 152 del PP, Vox, Ciudadanos, Navarra Suma y Foro Asturias han votado en contra, y los 10 del PNV y PDeCAT se han abstenido, todo ello en una votación pública por llamamiento, pedida por Más País y Compromís, que ha obligado a que los diputados fueran poniéndose en pie en el escaño para anunciar a viva voz su voto.

Concluida la tramitación en la Cámara Baja el texto pasará al Senado para completar su curso en las Cortes. La iniciativa aprobada tiene la misma redacción que salió de la Comisión de Asuntos Económicos porque en el Pleno de este jueves no se han introducido cambios.

La proposición de ley sí que sufrió diferentes modificaciones en las últimas semanas. Uno de los principales cambios se produjo en torno al gravamen del 4,8% a los intereses y comisiones de la banca, ya que finalmente se incluyó una propuesta del PNV para que el tributo afecte a la actividad que los bancos desarrollen en España.

Con ese cambio no se precisaba la nacionalidad de los bancos, por lo que el PSOE y Unidas Podemos ya no vieron necesario incluir en el articulado una mención expresa a las entidades extranjeras que desarrollen su actividad en nuestro país, máxime cuando en la exposición de motivos si se deja claro que los bancos extranjeros con negocio en España también están afectados por el gravamen, según fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press.

EL IMPUESTO ENERGÉTICO EXIME LOS INGRESOS REGULADOS

En lo referido al gravamen energético, se excluirá de la facturación objeto del gravamen los ingresos derivados de las actividades reguladas. De este modo, queda modificado el texto original para que el impuesto no afecte a aquellos ingresos donde el suministro sea a precio regulado, como es el caso del PVPC de electricidad, la tarifa de último recurso (TUR) de gas, el GLP envasado y el GLP por canalización.

Además, se incluyó en la exoneración los ingresos regulados de las redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural y, en el caso de generación con retribución regulada y retribución adicional en los territorios no peninsulares, todos lo ingresos de las instalaciones, incluidos los que perciben del mercado y el despacho económico, respectivamente.

Al mismo tiempo, se introdujo otra enmienda transaccional para que el impuesto se aplique solo a la actividad que las empresas del sector desarrollen en España.

SE EVALUARÁ SI LOS IMPUESTOS SE HARÁN PERMANENTE

El texto se ha aprobado con los acuerdos alcanzados entre EH Bildu, PSOE y Podemos, quienes pactaron que a finales de 2024, cuando finalice la vigencia de los nuevos impuestos a banca y energéticas, se haga una evaluación de su aplicación y se estudie la posibilidad de convertirlos en permanentes, así como para que las haciendas forales vascas y navarras gestionen estos nuevos gravámenes.

Además, en el texto final sí está ya incorporada a la ley la enmienda por la que se crea el impuesto a las grandes fortunas, que gravará a aquellos patrimonios superiores a tres millones de euros para que no puedan quedar eximidos por las bonificaciones de los gobiernos regionales.

Este gravamen será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.

Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros

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